De acuerdo con la Ley 51 de 1986, la Ley 842 de 2003 y el Decreto 1873 de 1996 todo INGENIERO EXTRANJERO que desee trabajar en Colombia, debe tramitar una Licencia Especial Temporal ante el Consejo Profesional de Ingenierías Eléctrica, Mecánica y Profesiones afines.
El Consejo expide este permiso a los Ingenieros Electricistas, Electrónicos, Mecánicos, Electromecánicos, Nucleares, de Telecomunicaciones, Metalúrgicos y Aeronáuticos, titulados y domiciliados en el exterior.
Para solicitar la Licencia Especial, el ingeniero extranjero debe:
- Diligenciar en su totalidad el formulario de trámite de la Licencia Especial.
- Archivo en formato pdf del título profesional del Ingeniero debidamente consularizado (avalado por el cónsul colombiano de la localidad) o apostillado (convenio de la Haya) debe hacerse sobre la firma de un funcionario de la universidad o sobre la firma del funcionario del ministerio de educación o entidad equivalente que previamente haya avalado el título.
- Archivo en formato pdf del original del documento de identidad (Cédula de extranjería o pasaporte - únicamente la hoja donde figura la información del solicitante).
- Archivo en formato pdf del contrato de trabajo (debidamente firmado), asesoría o consultoría, donde se detallen las actividades a realizar. Si no se cuenta con este contrato, una carta de la empresa donde se detallen las actividades a realizar.
- Archivo en formato pdf de la empresa suscrita por el Representante Legal motivando la solicitud de la licencia especial, especificando las actividades que realizará en Colombia. Igualmente deberá manifestar el lapso durante el cual realizará las actividades.
- Archivo en formato pdf del certificado de existencia y representación legal de la empresa expedido por Cámara y Comercio de la empresa con una vigencia no mayor a 90 días.
- Archivo en formato jpg de la foto (3x4 fondo blanco a color e iluminación de frente peso máximo 800 Kb).
- Archivo en formato pdf del recibo de consignación por el valor de un salario mínimo mensual ($1.300.000) en el año 2024 a nombre de ACIEM o pago electrónico por medio de tarjeta de crédito.
Duración del proceso
El tiempo máximo establecido para la obtención de la Licencia Especial es de 8 días calendario después de la verificación de los documentos (radicación).